Gramunt Abogados:
Ofrece asesoramiento jurídico en materia de:
- Información sobre los mecanismos de protección de las personas que presentan grados de dependencia: si es necesario o no iniciar un procedimiento de incapacitación de la persona, qué tipo de sistema de guarda es más apropiado dadas las circunstancias del afectado (tutela o curatela), si existe alguna alternativa a la vía judicial para atender las necesidades de la persona.
- Análisis de los sistemas de gestión patrimonial y obtención de recursos para las personas dependientes. Existen diversas posibilidades para gestionar el patrimonio de las personas en situación de dependencia cuando la solución para atender sus necesidades no sea la incapacitación judicial. Entre estas posibilidades hemos de contemplar, por ejemplo, la posibilidad que una persona con dependencia física pero no psíquica pueda nombrar un mandatario, es decir, una persona que se encargue de todos los asuntos patrimoniales con las facultades que el interesado considere conveniente atribuirle, así como establecer mecanismos de control de esta gestión.
- En cuanto a la obtención de recursos, aparte de las ayudas públicas, también se puede contemplar, desde el punto de vista privado, por ejemplo, la creación de un patrimonio separado (con activos provenientes del propio patrimonio o con aportaciones hechas por una tercera persona) destinado exclusivamente a atender las necesidades de la persona dependiente, las ventajas fiscales que esto comporta. O, entre otras posibilidades, la celebración de contratos con particulares o con entitades financieras que permiten la obtención de liquidez para atender estas necesidades.
- Presentación de las fórmulas para la previsión de la gestión personal y patrimonial ante una eventual situación de dependencia en el futuro. La normativa vigente permite organizar, de forma preventiva, los sistemas de atención al que cada persona querría resultar sujeta en caso de necesitarlo, siempre con los límites que las propias leyes imponen. Así, se puede dejar constancia escrita, ante notario, de la organización de una futura tutela, determinando quién queremos y quién no queremos que se ocupe de nuestra atención personal y patrimonial. También podemos prever que, mientras las condiciones cognitivas lo permitan, se haga cargo de nuestra atención un mandatario, evitando así el inicio inmediato de un proceso de incapacitación.
- Organización del patrimonio para después de la muerte de las personas que tienen a su cargo personas dependientes. Se trata de encontrar la solución más adecuada para garantizar la subsistencia digna de estas personas, siempre valorando las implicaciones fiscales para encontrar la vía idónea.
También se ofrece una consultoría neuropsicológica para los supuestos de ser necesaria la previa evaluación del afectado en orden a la adopción de las medidas consideradas más adecuadas.
Horario de atención al público: Martes de 10 a 13.30 h.



Asesoria Legal a la dependencia



